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El juzgado de Primera Instancia nº 50 de Madrid ha condenado a una clínica de cirugía estética a indemnizar a una mujer con 7.455 euros por “la inexistencia de un adecuado y suficiente consentimiento informado” en el curso de una intervención.
El juzgado de Primera Instancia nº 50 de Madrid ha condenado a una clínica de cirugía estética a indemnizar a una mujer con 7.455 euros por “la inexistencia de un adecuado y suficiente consentimiento informado” en el curso de una intervención.
La paciente ingresó en el centro hospitalario para realizarse una mastopexia bilateral con prótesis mamarias Poly Implant Prothese (PIP) que, al cabo del tiempo, sufrieron malformaciones que obligaron a una segunda cirugía.
En la sentencia, la juez explica que la paciente no fue informada “con rigor, detalle y exactitud de los riesgos de la intervención”, conculcándose así “el deber de información” al que está obligado todo médico.