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La jueza les absuelve también del delito de desobediencia que les solicitaba la acusación particular.
En la sentencia el juzgado estima que “el enjuiciamiento de la causa no permite a esta juzgadora establecer un relato de hechos susceptibles de su subsunción en los tipos penales que se invocan por las partes acusadoras, toda vez que no se ha producido una verdadera imputación de hechos punibles, consistiendo ambos escritos de acusación en la expresión de juicios de valor sobre la forma que evacuaron su testimonio los dos acusados”, durante la vista que tuvo lugar en el año 2003 ante la Audiencia Provincial de Madrid contra el único adulto involucrado en la muerte de la menor Sandra Palo.