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El magistrado dice que las palabras de Barbero, que tildó de propia de “grupos fascistas” la actuación de un grupo de policías que protestaban, podrían en todo caso constituir un ataque contra el honor, no un delito de injuria grave
El magistrado titular del Juzgado de Instrucción nº 47 de Madrid ha acordado el sobreseimiento libre de las diligencias de investigación abiertas a raíz de la denuncia (posteriormente querella) formulada por el Colectivo Profesional de la Policía Municipal contra el concejal de Seguridad del Ayuntamiento de Madrid, Javier Barbero Gutiérrez, por la supuesta comisión de un delito de injurias.
El magistrado argumenta en la resolución que los hechos denunciados (las palabras del concejal tildando de “actos de grupos fascistas” en una rueda de prensa la actuación de un grupo de policías que protestaban en una manifestación autorizada por la política del querellado) “no pueden considerarse constitutivos de un delito de injuria grave“ y, por tanto, no ha lugar “a reproche penal”. No obstante, el juez señala que, “en todo caso podría constituir un ataque contra el honor, que podría ser reparado en la vía civil”.
El auto de sobreseimiento puede ser recurrido en reforma y en apelación dentro de los tres días siguientes a su notificación.