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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha considerado ilegal la huelga que tuvo lugar en Metro los días 29 y 30 de junio de 2010 al ratificar una sentencia previa del Juzgado de lo Social contra la que recurrieron los sindicatos.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha considerado ilegal la huelga que tuvo lugar en Metro los días 29 y 30 de junio de 2010 al ratificar una sentencia previa del Juzgado de lo Social contra la que recurrieron los sindicatos. El TSJM estima que en las dos citadas jornadas se incumplieron los servicios mínimos del 50 por ciento y rechaza la pretensión de los sindicatos en el sentido de que había servicios alternativos de transporte (como autobuses y trenes) que minimizaban las molestias a los viajeros.
La sentencia aclara que el servicio de Metro es esencial, “necesario e indispensable para los cotidianos desplazamientos de los ciudadanos”, por lo que hubo un “indiscutible perjuicio a los potenciales viajeros, a quienes se les privó de forma absoluta, no proporcional o aminorada, de poder desplazarse a sus diferentes destinos”.