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Los procesados deberán indemnizar solidariamente con 1.500 euros a cada una de las víctimas
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado por un delito contra los derechos fundamentales del artículo 510 2 A del Código Penal a los cuatro hinchas del club de Fútbol PSV Eindhoven, acusados del comportamiento "humillante" que tuvieron el 15 de marzo de 2016 hacia un grupo de mujeres de origen rumano que pedían limosna en la Plaza Mayor de Madrid.
Tras llegar a un acuerdo de conformidad con el Ministerio Público y manifestar su arrepentimiento por los hechos, los cuatro procesados han sido considerados coautores y se les ha impuesto una pena de tres meses de prisión y tres meses de multa, a razón de una cuota diaria de tres euros.
Además, deberán indemnizar solidariamente con 1.500 euros a cada una de las víctimas.
En el acuerdo de conformidad se ha valorado el atenuante de reparación del daño de artículo 21.5 del Código Penal.