Condenado a seis años de prisión por intentar disparar a un policía tras arrebatarle el arma en el Metro de Madrid

La Audiencia Provincial de Madrid considera probado que el acusado encañonó y trató de disparar dos veces contra el agente durante un forcejeo, sin que el arma se disparara porque tenía el seguro activado

Autor
Comunicación Poder Judicial

 

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a seis años de prisión a un hombre por intentar matar a un agente de la Policía Nacional tras arrebatarle su arma reglamentaria durante una intervención policial en la estación de Metro de Gran Vía. La Sala lo considera autor de un delito de homicidio agravado por constituir atentado contra agente de la autoridad en grado de tentativa.

La resolución se redacta después de que el acusado mostrara su conformidad con la acusación del Ministerio Fiscal, lo que ha permitido dictar una sentencia de conformidad conforme a lo previsto en el artículo 787 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Según recoge el apartado de hechos probados, los acontecimientos se produjeron el 30 de diciembre de 2024 en la estación de Metro de Gran Vía, cuando dos agentes de la Policía Nacional que realizaban labores de prevención de la delincuencia y vestían de paisano, se acercaron al acusado y a otro individuo para proceder a su identificación y a un registro corporal.

Los policías se identificaron verbalmente como agentes y mostraron su placa y carné profesional. Durante la intervención, el procesado comenzó a comportarse de forma agresiva y a gritar a los viajeros que “le estaban intentando robar”, con la intención de generar confusión. La maniobra permitió que el otro hombre que le acompañaba huyera del lugar, siendo perseguido por uno de los agentes.

Una vez separados, el acusado se quedó solo con el segundo policía. En ese momento, se giró bruscamente hacia él, se lanzó a agredirle y comenzó un forcejeo. Durante la pelea logró apoderarse de la pistola reglamentaria del agente. Con el arma ya en su poder, el acusado encañonó al policía y, según la sentencia, con “decidida intención de acabar con su vida”, apretó el gatillo apuntando hacia el tórax y el abdomen. El disparo no se produjo porque el arma tenía activado el seguro.

Al comprobar que no se había producido el disparo, el procesado manipuló la corredera de la pistola para intentar cargarla y volvió a apretar el gatillo apuntando de nuevo a las zonas vitales del agente. De nuevo el arma no llegó a disparar por la acción del seguro.

En ese momento, el policía consiguió agarrar al acusado y hacer que el arma cayera al suelo. Tras un nuevo forcejeo logró reducirlo con la ayuda de vigilantes de seguridad del Metro, alertados por los usuarios, y de su compañero, que regresó tras perseguir al otro individuo.

Como consecuencia del enfrentamiento, el agente sufrió una contusión en la rodilla izquierda y un esguince en el tobillo derecho. Las lesiones requirieron únicamente una primera asistencia facultativa y tardaron cinco días en curar, sin impedirle realizar sus actividades habituales ni dejar secuelas.

El acusado fue detenido ese mismo día, el 30 de diciembre de 2024, y desde entonces permanece privado de libertad, situación que fue ratificada mediante su ingreso en prisión provisional el 1 de enero de 2025.

La Audiencia Provincial considera que los hechos constituyen un delito de homicidio agravado por constituir atentado contra agente de la autoridad en grado de tentativa, previsto en el artículo 138.2 b) del Código Penal en relación con los artículos 16 y 62.

La Sala subraya que el acusado dirigió el arma hacia zonas vitales del cuerpo del agente y accionó el gatillo en dos ocasiones, lo que revela una clara intención de acabar con su vida. El resultado mortal no llegó a producirse únicamente por circunstancias ajenas a la voluntad del acusado, concretamente por el hecho de que el arma tenía activado el seguro.

La sentencia también recuerda que, al tratarse de una resolución dictada tras la conformidad del acusado con la acusación del Ministerio Fiscal, procede dictar condena conforme a dicha calificación jurídica y a la pena solicitada, siempre que esta no exceda de los límites legales establecidos para este tipo de procedimiento.

En aplicación de estos criterios, la Audiencia Provincial condena al acusado a seis años de prisión como autor del delito de homicidio agravado en grado de tentativa. La sentencia también impone la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Además, el tribunal acuerda que la pena de prisión sea sustituida por la expulsión del territorio nacional una vez que el condenado haya cumplido las dos terceras partes de la condena, acceda al tercer grado penitenciario o le sea concedida la libertad condicional, al encontrarse en situación irregular en España y carecer de arraigo en el país. La sentencia puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.