Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Se deberá devolver a la sociedad 176.000 euros
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado a tres años de cárcel y 36.000 euros de multa por delito de apropiación indebida a quien fue presidente de un centro oncológico en Villaviciosa de Odón (Madrid) que se quedó con dinero de la sociedad, a quien deberá devolver 176.000 euros.
La Audiencia de Madrid le había condenado a 4 años por delitos de estafa, insolvencia punible y apropiación indebida, pero el Supremo considera que su actuación no encaja en los delitos de estafa e insolvencia punible, sino en el de apropiación indebida, que es el único que mantiene.
La mujer del acusado es condenada como partícipe a título lucrativo a responder solidariamente de la indemnización impuesta a su esposo.