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La Sala sugiere que la restricción de la actividad judicial se limite a aquellos servicios y asuntos que, por la naturaleza de los derechos en juego, resulten preferentes
La Comisión Mixta de Justicia de la Comunidad de Madrid, convocada esta misma tarde por el presidente del Tribunal Superior de Justicia de la región, Celso Rodríguez Padrón, ha abordado la situación provocada por el virus COVID-19. Al término del encuentro con la Fiscalía de la Comunidad y la Consejería de Interior, Justicia y Víctimas, la Sala de Gobierno del TSJM, a favor de restringir la actividad judicial, si bien limitándola a aquellos asuntos y servicios que, por la naturaleza de los derechos en juego, resulten preferentes, ha acordado remitir al Consejo General del Poder Judicial la propuesta siguiente:
A LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
En el día de hoy, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial acordó constituirse como el órgano que realizará el seguimiento de las medidas que vayan adoptándose para hacer frente al COVID-19 para su adaptación al ámbito judicial, estableciendo un canal de comunicación permanente con los presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia y los jueces decanos, a los que se dará traslado inmediato de todas las decisiones que se acuerden. Al propio tiempo, asume la responsabilidad de la coordinación con el resto de las Administraciones con competencias en materia de Justicia y con las autoridades sanitarias.
Reunida en el día de hoy la Comisión Mixta constituida entre la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas de la Comunidad de Madrid, con el fin de abordar la situación derivada de la epidemia ocasionada por el virus COVID-19, esta Sala de Gobierno, en sesión extraordinaria de esta misma fecha, acuerda:
1.- Destacar la singularidad de la expresada situación en esta Comunidad Autónoma, en la que el índice de contagios hasta ahora producidos, unida a la dimensión de la planta judicial, incrementa la necesidad de abordar medidas que contribuyan a paliar las consecuencias que puedan producirse. Al propio tiempo, ha de tratarse de conciliar la protección de la salud con la prestación de la tutela judicial efectiva que proclama la Constitución como derecho fundamental.
2.- A la vista del contenido del referido acuerdo del Consejo General del Poder Judicial, esta Sala de Gobierno -y asimismo la Comisión Mixta- habrá de enmarcar sus decisiones en el ámbito de las directrices que se aprueben por el órgano de gobierno del Poder Judicial en consonancia con las medidas dictadas hasta el momento por las autoridades sanitarias y las que acuerde hoy el Consejo de Ministros en relación con la epidemia de coronavirus.
Ello no obstante, trasladamos al Consejo General del Poder Judicial la sugerencia de adopción de medidas de restricción de la actividad judicial, limitándola a aquellos asuntos y servicios que, por la naturaleza de los derechos en juego, resulten preferentes y urgentes.
3.- Una vez se nos indique el marco de directrices aludido, haremos llegar de inmediato al Consejo, para su consideración y eventual aprobación, las propuestas que resulten oportunas en cada tipo de órganos judiciales y clases de actuaciones, así como en los servicios auxiliares que les sirven de soporte. Al propio tiempo, esto implicará la necesidad de adoptar aquellas otras medidas que permitan la conciliación de la prestación de cada servicio con la vida familiar, y definir la dimensión de los recursos humanos que han de asegurar la actividad judicial en la medida que resulte aconsejable.