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La Sala de lo Penal ha archivado las querellas y denuncias interpuestas por distintos colectivos y asociaciones contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y seis ministros por supuesta inactividad ante la DANA registrada en Valencia en octubre de 2024, al considerar que los hechos imputados en las mismas no son constitutivos de delito.
La instructora considera que el último informe presentado por la Guardia Civil es “erróneo”, “incompleto” y “no se corresponde con lo acordado” por el juzgado
Las acciones judiciales se dirigían también contra otras autoridades, como el presidente de la Generalitat valenciana, los presidentes de las Confederaciones Hidrográficas del Júcar y del Turia o la presidenta de la Agencia Estatal de Meteorología, sobre las cuales la Sala rechaza la competencia al no ser aforados
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo considera vulnerado el derecho fundamental a la participación política del síndic y una diputada de la coalición en Les Corts. Los magistrados reconocen el derecho de la recurrente a acceder a información sobre el SAIH de la CHJ, convocatorias para asistencia al Cecopi y un informe firmado por el subdirector general de Emergencias. Desestiman en cambio el acceso a los registros de llamadas del presidente de la Generalitat y otros ocho consellers y a las grabaciones de las cámaras de seguridad del Centro de Coordinación de Emergencias.
El tribunal impone penas de entre uno y dos años de cárcel a los antiguos regidores y de tres años a un empresario y un funcionario de la Diputación. La sentencia relativa a esta pieza del ‘caso Taula-Imelsa’ puede ser recurrida en apelación ante el TSJCV