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El TSJ de Aragón señala que la profesión de la recurrente no es dependienta de carnicería sino “profesional de punto de venta”, que la habilita para desempeñar tareas en otros espacios comerciales del supermercado
Ante la posibilidad de que se hubiera producido una manipulación en el censo dentro del proceso de elecciones a Cortes Generales y las elecciones al Parlamento Europeo
Por la falta de corroboración periférica y por los informes médico psiquiátricos sobre la situación emocional de la denunciante y sus conductas, y sobre el tratamiento que sigue en un centro