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El condenado, que ostenta el cargo desde 2019, actuó, según los magistrados, “con la intención de atentar contra los principios de transparencia, libre concurrencia e igualdad de oportunidades y a sabiendas de su ilegalidad”
La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha inhabilitado durante doce años al alcalde pedáneo de Bembrive para empleo o cargo público por cometer un delito continuado de prevaricación administrativa al fraccionar en contratos menores, “para eludir los requisitos legales”, la compra de sidra para la fiesta que anualmente se celebra en esta parroquia. El tribunal destaca que, mediante ese procedimiento, adjudicó a una empresa, durante los años 2019 y 2020, “de forma directa y sin cumplir el procedimiento legal para contratos de suministro superiores a 15.000 euros”, la compra de la sidra. El condenado, que ostenta el cargo desde 2019, actuó, según los magistrados, “con la intención de atentar contra los principios de transparencia, libre concurrencia e igualdad de oportunidades y a sabiendas de su ilegalidad”.
La adquisición de la sidra, según la resolución, “se elevó en el año 2019 a la cuantía de 120.000 euros; y, en el año 2020, a 130.000 euros”. La Audiencia destaca que, tras presentar cada una de las facturas a la interventora para su abono, “esta formulaba, de forma continua, reparo suspensivo, por tratarse de una adjudicación verbal, sin base en contrato administrativo que sustentase dicha contratación y por prescindir totalmente del procedimiento previsto para la contratación de suministros que excedan de 15.000 euros”.
“De forma sistemática el acusado levantaba el reparo suspensivo y ordenaba el pago”, recalcan los jueces, quienes subrayan que el acusado es autor de un delito continuado de prevaricación administrativa, “por su participación material y directa en los actos que se le atribuyen”, al tiempo que indican que su conducta “constituye una omisión reiterada, voluntaria y deliberada de las normas administrativas que rigen la contratación pública”. Contra la sentencia cabe presentar recurso de apelación ante el TSXG.