Aceptan la medida cautelar solicitada por alumnos vascos para que sus calificaciones de Lengua Vasca y Literatura II de la PAU no sean tenidas en cuenta para matricularse en la universidad

Las cinco plazas de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Bilbao han dictado alrededor de 25 autos en el mismo sentido

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Comunicación Poder Judicial

Las cinco plazas de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Bilbao han dictado alrededor de unas 25 resoluciones en las que acuerdan estimar la medida cautelar solicitada por otros tantos alumnos vascos para que sus calificaciones en el ejercicio de Lengua Vasca y Literatura II no sean tenidas en cuenta o queden en suspenso para calcular la nota de acceso y de admisión en la universidad mientras se resuelven los recursos interpuestos contra los ceros y las bajas notas obtenidas.

También se ha acordado oficiar a la Universidad del País Vasco/ Euskal Herriko Unibertsitatea (EHU), que se ha opuesto a las medidas cautelares, y en su caso a la Administración educativa competente para la efectividad inmediata de esta medida cautelar adoptada, requiriéndoles la reserva de la plaza correspondiente mientras se sustancian los recursos.

En uno de los autos notificados en las últimas horas, el titular de la plaza argumenta que procede la adopción de la medida cautelar solicitada por varias razones: 

En primer lugar, porque el proceso de matriculación en los diferentes grados de la EHU finaliza este martes, 30 de junio, por lo que “sí existe una urgencia a día de hoy en que los alumnos obtengan una respuesta al caso planteado en el ámbito de la medida cautelar” ya que una “posterior sentencia, en caso de resultar estimatoria, carecería de eficacia alguna. El alumno cursaría sus estudios en otro lugar si no hubiera obtenido plaza, siendo el perjuicio irreparable”. 

En segundo lugar, afirma que “se ha presentado un principio de prueba indiciario a efectos de adoptar la medida cautelar, que, sin efectuar una indagación mayor, permite considerar que se ha podido quebrar en este procedimiento el deber de garantizar el anonimato del alumnado y de los centros durante el proceso de corrección y calificación de los ejercicios”. 

Estos autos no son firmes y pueden ser recurridos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.