• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: León
  • Ponente: NURIA VALLADARES FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 1108/2024
  • Fecha: 17/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El dato de llevar mascarilla no supone, en este caso, una dificultad insalvable para la identificación, que entendemos posible no solo atendiendo a las características físicas que sí se pueden observar, sino a la propia declaración del denunciado, quien no niega su presencia en Mercadona limitándose a decir "que no recordaba nada". El apelante no acredita un error manifiesto en el Juzgador que evidencie una ausencia de razonamientos fácticos y jurídicos de la Sentencia, ni un incumplimiento de la regla de valoración en conciencia de las pruebas practicadas en juicio.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: ENRIQUE GARCIA LOPEZ-CORCHADO
  • Nº Recurso: 1266/2024
  • Fecha: 17/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia confirma la sentencia que condenó a los acusados como autores de un delito de hurto. La revisión probatoria en apelación de la valoración probatoria de instancia. La verificación de que la motivación fáctica alcanza el estándar exigible y si, por ello, la decisión alcanzada por el Tribunal sentenciador es, en sí misma considerada, lógica, coherente y razonable, de acuerdo con las máximas de experiencia, reglas de la lógica y principios científicos. La función revisora como juicio sobre el juicio. La prueba sobre la culpabilidad de los acusados. Valor de la declaración del testigo presencial. Valor del reconocimiento en rueda y en el juicio. Suficiencia de la prueba practicada.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA TERESA PALACIOS CRIADO
  • Nº Recurso: 4/2021
  • Fecha: 17/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Detonación de un coche cargado de explosivos en el campus de una Universidad, que causó daños materiales y lesiones a varias personas. Delito de robo de vehículo de motor de carácter terrorista. Delito de estragos terroristas. Seis delitos menos graves de lesiones y 172 delitos leves de lesiones. Naturaleza terrorista del atentado. Desproporción de penas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES MARTINEZ ARRIETA
  • Nº Recurso: 2816/2022
  • Fecha: 16/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Delito de receptación, concurriendo la atenuante de dilaciones indebidas. Estimando el recurso de casación interpuesto contra la Sentencia, se realiza una correcta individualización de la pena.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Lugo
  • Ponente: MARIA JIMENA COUSO RANCAÑO
  • Nº Recurso: 72/2024
  • Fecha: 14/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El juzgado de instrucción condena al acusado como autor de un delito leve de hurto del artículo 234.2 del código Penal, a la pena de dos meses de multa con una cuota diaria de seis euros. La representación procesal del acusado interpone recurso de apelación solicitando la revocación de la sentencia y la libre absolución por error en la apreciación de la prueba y vulneración del principio de presunción de inocencia e infracción de precepto legal, por no resultar acreditado que el denunciado cogiera el teléfono móvil con ánimo de lucro o intención ilícita. La audiencia Provincial desestima el recurso de apelación, ratifica la valoración probatoria y confirma la sentencia concluyendo que no se cuestiona en el recurso que el acusado tenía en su poder el teléfono de la denunciante que había dejado olvidado en el mostrador de la farmacia, lo que se cuestiona es el ánimo de apoderamiento o de enriquecimiento,, ánimo que concurre en relación al teléfono móvil que el acusado guardó en su bolsillo, no quedando acreditado que se tratara de un error o de una confesión, no habiendo comparecido en el acto del juicio oral para reiterar su versión exculpatoria, además no devolvió el teléfono por propia iniciativa, sino una vez que la policía, tras identificarle en la grabación de las cámaras, se comunicó con el mismo.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Pontevedra
  • Ponente: DAVID PEREZ LAYA
  • Nº Recurso: 829/2024
  • Fecha: 11/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Juzgado de lo Penal condena al acusado como autor de un delito leve de hurto del artículo 234.1 y dos y como autor de un delito de estafa del artículo 248.2 y 249, todos del código penal. La representación procesal del acusado interpone recurso de apelación alegando error en la valoración de la prueba y vulneración del principio de presunción de inocencia, e infracción de precepto legal, artículos 21.6 y 66.1.2º del código penal. Solicita la revocación de la sentencia y la libre absolución. La audiencia Provincial desestima el recurso de apelación, confirma la sentencia y ratifica la valoración probatoria concluyendo de forma clara e indubitada que existe prueba de cargo suficiente para a considerar los acusados como autores de un delito leve de hurto y de un delito de estafa, no planteándose ninguna tesis alternativa, dada la inminencia temporal entre la sustracción y la contratación de seguro por los acusados, siendo lógica la conclusión que se alcanza en la sentencia. Ratifica la no aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas, no alega los periodos de paralización, no pudiendo apreciarse como simple ni como cualificada.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: PATRICIA MARTINEZ MADERO
  • Nº Recurso: 192/2024
  • Fecha: 10/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Revoca la sentencia del Juez Penal que condena a un acusado como autor de un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia de género, de un delito de amenazas, un delito leve de daños y un delito de hurto, y dispone su libre absolución de todos los ilícitos de que viene acusado. Acusado de acceder por la fuerza al domicilio de la que fuera su pareja, haberla golpeado causándole lesiones y haber apoderado de su teléfono móvil. Presunción de inocencia y prueba de cargo bastante para desactivar la presunción. El derecho a la presunción de inocencia implica que no pueda disponerse una condena sin pruebas de cargo válidas, lo que implica que debe existir una mínima actividad probatoria realizada con las garantías necesarias. Testigo víctima de la agresión que, siendo el único testimonio directo de los hechos de acusación, no acudió al juicio, celebrándose el acto sin su asistencia y dando lectura de sus declaraciones sumariales. Concluye el tribunal que no se daban los presupuestos procesales para validar la lectura en juicio de las declaraciones sumariales de la testigo incomparecida, dado que no consta la imposibilidad de su asistencia al acto, ni constan realizados esfuerzos suficientes para poder declarar personalmente en el juicio. No constando la imposibilidad de contar con el testimonio directo, tampoco pueden ser valoradas las declaraciones de los testigos de referencia como prueba de la realización de los hechos de acusación por parte del acusado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Militar
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JACOBO BARJA DE QUIROGA LOPEZ
  • Nº Recurso: 28/2024
  • Fecha: 10/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El motivo casacional articulado al amparo de lo dispuesto en el art. 849.1 LECRIM, en realidad, en lugar de centrarse en la incorrecta subsunción jurídica de los hechos declarados probados, lo hace en una supuesta vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia. La trazabilidad de las cosas ajenas -desfibriladores y mochilas- que se encontraron bajo la custodia del recurrente cuando se encontraba en un intento de venta fue plenamente acreditada -gracias a sus números de serie-, por lo que la valoración de las pruebas de cargo lícitamente obtenidas y regularmente practicadas se llevó a efecto por el tribunal de instancia, bajo el principio de inmediación, racionalmente, no de forma errática o contraria a la lógica más elemental, como argumenta el recurrente, por lo que resultó enervado el derecho a la presunción de inocencia. El motivo de casación articulado por la vía del error de hecho en la apreciación de la prueba ni siquiera cita un documento a efectos casacionales en que apoyarse, volviendo, de nuevo, a plantear la cuestión relativa a la presunción de inocencia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Toledo
  • Ponente: URBANO SUAREZ SANCHEZ
  • Nº Recurso: 63/2024
  • Fecha: 10/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia cita la jurisprudencia del TS y del TC sobre la capacidad de la prueba indiciaria para fundamentar una condena y enervar el principio de presunción de inocencia, considerando que, en el caso, enjuiciado, la valoración que la juez a quo ha realizado es ajustada a Derecho, por cuanto ha partido de una multitud de hechos base, acreditados con la prueba testifical, como son la presencia de la recurrente en el establecimiento, la aproximación de una persona a la sala privada de los empleados, la cual llevaba un calzado igual al que calzaba la recurrente, y la geolocalización de los teléfonos sustraídos cerca del domicilio de la acusada, y de todo ello se impone la conclusión lógica reflejada en la sentencia, de que mientras los dependientes atendían al público, la recurrente, con el ánimo de obtener un ilícito enriquecimiento económico, se apoderó de varios teléfonos de los empleados , sin que, a diferencia de lo que parece insinuar el recurso, sea la ausencia de la acusada al acto de la vista oral lo que se ha tenido en cuenta por la juez de instancia sino que ello lo que implica es que no ha ofrecido una versión de los hechos que pueda hacer decaer lo que los indicios aportan, todo lo cual motiva el rechazo del recurso.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: MARIA JOSE MARTINEZ SAINZ
  • Nº Recurso: 493/2024
  • Fecha: 09/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El juzgado de lo Penal condena a los acusados como autores de un delito leve de hurto a la pena de 15 días de multa. La representación procesal de un acusado interpone recurso de apelación contra la sentencia solicitando su revocación y la libre absolución por infracción del derecho a la tutela judicial efectiva, artículo 24.1 de la Constitución, en su vertiente de haberse infringido el principio acusatorio en el fallo de la sentencia por haberse dirigido el procedimiento por un delito de robo con fuerza y condenar por un delito de hurto. Error en la valoración de la prueba e infracción de ley, no habiéndose acreditado su autoría, ni la cooperación necesaria. La audiencia Provincial desestima el recurso de apelación, confirma íntegramente la sentencia ratificando la valoración probatoria y la calificación jurídica de los hechos por resultar probado la presencia de los tres acusados en el interior del recinto portando uno de ellos una caja con material de obra, su intento de huir al percatarse de la presencia policial, y la existencia de material acopiado en el interior y en el exterior, actuación conjunta de apoderamiento para considerar que los tres son coautores con el artículo 28 del código penal. No concurre infracción del principio acusatorio.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.