• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MYRIAM SAMBOLA CABRER
  • Nº Recurso: 811/2024
  • Fecha: 12/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia desestima el recurso de apelación. La sentencia de primera instancia había mantenido la protección del apelante hasta la fecha de mayoría de edad indicada en su pasaporte, a pesar de un decreto de Fiscalía que sugería lo contrario. El recurso de apelación argumentaba que se debía garantizar plenamente los derechos del joven derivados de su minoría de edad y preparar los recursos de protección para cuando alcanzara la mayoría de edad, citando la Ley 14/2010 de los Derechos y las oportunidades en la Infancia y Adolescencia. Sin embargo, la audiencia confirma la resolución apelada, señalando que las peticiones del recurso exceden el ámbito del procedimiento judicial regulado en el artículo 780 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), que se centra en la corrección de la declaración de desamparo. La audiencia indica que las alegaciones de vulnerabilidad social deben formularse ante los Servicios Sociales.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN
  • Nº Recurso: 9076/2021
  • Fecha: 12/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Alteración del orden legal de resolución de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación cuando una eventual estimación del recurso de casación determinaría la carencia de efecto útil del recurso por infracción procesal también interpuesto, dado el carácter instrumental de la denuncia de infracciones procesales. Remisión a la doctrina jurisprudencial sobre la falta de acción en relación con la adquisición de acciones del Banco Popular Español contenida, entre otras, en las SSTS 1135/2023, 1137, 1138 y 1139/2023, de 12 de julio, que aplican la doctrina de la STJUE de 5 de mayo de 2022 (C-410/20). El presupuesto de la acción ejercitada ha desaparecido. La Directiva 2014/59 impide el ejercicio de una acción de responsabilidad o de una acción de nulidad contra la entidad de crédito emisora del folleto o contra la entidad que la suceda con posterioridad a la adopción de la decisión de resolución. Carácter vinculante de la doctrina del TJUE: la norma que ha sido interpretada puede y debe ser aplicada por el juez incluso a relaciones jurídicas nacidas y constituidas antes de la sentencia que resuelva sobre la petición de interpretación. Costas procesales: no procede la imposición a ninguna de las partes, ya que la situación es equivalente, a estos efectos, a la carencia sobrevenida de objeto.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: AGUSTIN VIGO MORANCHO
  • Nº Recurso: 844/2022
  • Fecha: 12/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En la demanda se reclamaba la indemnización correspondiente a las lesiones causadas por un perro a la demandante, repartidora de paquetería que, para realizar la entrega y recoger la firma del receptor, pasó su brazo por encima del muro de la propiedad de los demandados, siendo en ese momento atacada y mordida por el perro de la finca. La responsabilidad civil del poseedor de un animal es objetiva; está basada en el riesgo consustancial a la tenencia o a la utilización en propio provecho de los animales, de modo que no exige más que una casualidad material, a partir de la cual el poseedor solo puede exonerarse en casos de fuerza mayor o de culpa del perjudicado. La sentencia de la Audiencia Provincial confirma la del juzgado y descarta las objeciones de falta de legitimación pasiva y culpa de la víctima. Indemnización por lucro cesante: las pérdidas han de ser reales y las ganancias frustradas o dejadas de percibir han de presentarse con cierta consistencia, aunque no tienen por qué ser absolutamente seguras.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGELES HUET DE SANDE
  • Nº Recurso: 1215/2023
  • Fecha: 12/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En la medida en que ha quedado probada la no presentación de la oportuna reclamación administrativa ante el órgano competente para conocerla, procede acordar la inadmisión del recurso, en virtud de lo dispuesto en el artículo 69, letra c) de la Ley Jurisdiccional
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN
  • Nº Recurso: 9128/2021
  • Fecha: 12/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Adquisición de acciones del Banco Popular. La STJUE de 5 de mayo de 2022 (asunto C-410/20) ha resuelto que la Directiva 2014/59/UE se opone a que, con posterioridad a la amortización total de las acciones de una entidad de crédito objeto de un proceso de resolución, como fue el caso del Banco Popular, quienes hayan adquirido acciones en el marco de una OPS, emitida antes del inicio del proceso de resolución, ejerciten acciones de responsabilidad por folleto o acciones de nulidad del contrato de suscripción de acciones que, habida cuenta de sus efectos retroactivos, conllevan efectos restitutorios. La demanda formulada se basaba en el presupuesto de que los accionistas del Banco Popular podían hacer valer las pretensiones cuyo ejercicio ha excluido ahora el TJUE. Por ello el presupuesto de las acciones ejercitadas ha desaparecido a raíz de la sentencia. Estas circunstancias privan a las pretensiones de la demandante del fundamento que hubieran podido tener ya que la sala debe aplicar la doctrina del TJUE que tiene carácter vinculante, de modo que tales pretensiones nunca podrían ser estimadas. No procede la imposición de costas ya que la situación creada es equivalente a la carencia sobrevenida de objeto.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN
  • Nº Recurso: 8857/2021
  • Fecha: 12/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurso extraordinario por infracción procesal admisible. Recurso de casación admisible: correcta identificación del problema jurídico y exposición adecuada del interés casacional. Alteración del orden legal de resolución de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación cuando una eventual estimación del recurso de casación determinaría la carencia de efecto útil del recurso por infracción procesal también interpuesto, dado el carácter instrumental de la denuncia de infracciones procesales. Remisión a la doctrina jurisprudencial sobre la falta de acción en relación con la adquisición de acciones del Banco Popular Español contenida, entre otras, en las SSTS 1135/2023, 1137, 1138 y 1139/2023, de 12 de julio, que aplican la doctrina de la STJUE de 5 de mayo de 2022 (C-410/20). El presupuesto de la acción ejercitada ha desaparecido. La Directiva 2014/59 impide el ejercicio de una acción de responsabilidad o de una acción de nulidad contra la entidad de crédito emisora del folleto o contra la entidad que la suceda con posterioridad a la adopción de la decisión de resolución. Carácter vinculante de la doctrina del TJUE: la norma que ha sido interpretada puede y debe ser aplicada por el juez incluso a relaciones jurídicas nacidas y constituidas antes de la sentencia que resuelva sobre la petición de interpretación. Costas procesales: no procede la imposición a ninguna de las partes; situación equivalente a la pérdia sobrevenida de objeto.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN
  • Nº Recurso: 9044/2021
  • Fecha: 12/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Remisión a la doctrina jurisprudencial sobre la falta de acción en relación con la adquisición de acciones del Banco Popular Español contenida, entre otras, en las SSTS 1135/2023, 1137, 1138 y 1139/2023, de 12 de julio, que aplican la doctrina de la STJUE de 5 de mayo de 2022 (C-410/20). El presupuesto de la acción ejercitada ha desaparecido. La Directiva 2014/59 impide el ejercicio de una acción de responsabilidad o de una acción de nulidad contra la entidad de crédito emisora del folleto o contra la entidad que la suceda con posterioridad a la adopción de la decisión de resolución. Carácter vinculante de la doctrina del TJUE: la norma que ha sido interpretada puede y debe ser aplicada por el juez incluso a relaciones jurídicas nacidas y constituidas antes de la sentencia que resuelva sobre la petición de interpretación. Costas procesales: no procede la imposición a ninguna de las partes, ya que la situación es equivalente, a estos efectos, a la carencia sobrevenida de objeto.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAMON FERNANDEZ FLOREZ
  • Nº Recurso: 259/2023
  • Fecha: 12/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Respecto de la falta de legitimación alegada por el Abogado del Estado puesto que aun prosperando el resultado no se le podía conceder la licencia en las fechas solicitadas no cabe apreciar tal manifestación, ya que ello proporcionaría a la Administración un, inadmisible, margen de impunidad; con independencia que la pretensión indemnizatoria, está supeditada a la ilegalidad de la denegación. Resulta esencial la justificación de la decisión que la Administración aporte, pues cabe presumir el conocimiento directo, completo y objetivo que la misma tiene sobre los factores organizativos, estructurales y funcionales que pueden incidir en la concreción en el caso del concepto necesidades del servicio ; y, por ello, debe exigirse una motivación (del acto o la derivada del expediente) completa con virtualidad explicativa de la solución en el marco del Derecho, en concreto del condicionante que conllevan las específicas necesidades del servicio. Visto el informe del Teniente Coronel Jefe de la Unidad en la que está destinado el recurrente, se aprecia como para el periodo de las Navidades de 2022-2023, se habían organizado tres turnos para que todos los agentes pudieran disfrutar del correspondiente permiso; lo que reducía, evidentemente, los efectivos disponibles y no se ha probado que el recurrentetuviera una necesidad inexcusable de atender al cuidado de sus hijos menores de 12 años; ya que, no ha aportado prueba que permita inferir que no cuenta con el apoyo de su pareja u otros.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGELES HUET DE SANDE
  • Nº Recurso: 1207/2023
  • Fecha: 12/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala inadmite el recurso interpuesto dado que ha quedado probada la no presentación de la oportuna reclamación administrativa ante el órgano competente para conocerla, al tiempo que se remite a pronunciamientos precedentes que abordan pretensiones de idéntico contenido sustantivo a las aquí postuladas en relación con la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por los daños derivados de las medidas de contención adoptadas tras la declaración del primer estado de alarma durante la pandemia COVID-19. La Sala concluye, sobre la base de sendos pronunciamientos del TC, que las medidas restrictivas que tuvo que soportar la parte actora, de las que deduce los daños patrimoniales sufridos, fueron constitucionales y proporcionadas a la situación existente. De igual forma estima que tales medidas estuvieron dotadas del suficiente grado de generalidad como para afirmar que los menoscabos sufridos deban encuadrarse en la categoría de carga colectiva. Por último, la Sala rechaza que, sobre la base del artículo 3.2 de la L.O. 4/1981, de 1 de junio, existiese un régimen de responsabilidad patrimonial diferente del recogido en la Ley 40/2015 y del que no resultase de aplicación, en los estados de alarma, excepción y sitio, la exoneración de la responsabilidad por concurrencia de fuerza mayor.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER PIÑONOSA ROS
  • Nº Recurso: 264/2024
  • Fecha: 12/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia Nacional desestima la demanda interpuesta por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra la empresa ZELENZA SISTEMAS DE INFORMACION SA y en la que se interesaba la declaración de nulidad del Plan de Igualdad acordado con la mayoría de la representación social. Se descarta que exista un déficit en la auditoría retributiva o defectos formales determinantes de la nulidad interesada. E, igualmente, se rechaza que concurra causa de nulidad de tal Plan por la cláusula del protocolo anti-acoso pactado en la comisión negociadora y en virtud de la cual la comisión instructora para el tratamiento de las denuncias de acoso sexual y/o acoso por razón de sexo quedará constituida por una persona de la parte social de la RLPT del sindicato más representativo a nivel estatal.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.