• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES PALOMO DEL ARCO
  • Nº Recurso: 5166/2022
  • Fecha: 27/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Administración de justicia no puede quedar al capricho o al eventual cálculo de los implicados, ni a merced de sus intereses. Aun cuando es cierto que en el ámbito de la imparcialidad, las apariencias son muy importantes, no basta con que tales dudas o sospechas sobre la misma surjan en la mente de quien recusa, sino que es preciso determinar caso a caso si las mismas alcanzan una consistencia tal que permitan afirmar que se hallan objetiva y legítimamente justificadas. En el terreno de la concreción última del quantum penológico no es exigible una expresión imposible de unas reglas que justifiquen de forma apodíctica y con exactitud matemática la extensión elegida. La fijación de la cuantía de la indemnización, con carácter general, corresponde al Tribunal de instancia, por lo que, por lo general, no es revisable en casación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
  • Nº Recurso: 10635/2021
  • Fecha: 16/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Jurisprudencia nunca ha identificado las explicables contradicciones de la víctima con la falta de persistencia. Antes, al contrario, se advierte acerca de la importancia de que su testimonio no implique la repetición mimética de una versión. Los reconocimientos efectuados en sede policial, o en sede judicial en fase sumarial, solamente alcanzan el nivel de prueba, cuando ratifica lo antes manifestado o reconoce en el plenario al autor de los hechos, pudiendo ser sometido a interrogatorio cruzado de las partes sobre los hechos que dice haber presenciado y sobre el reconocimiento realizado. En relación a estos delitos contra la libertad sexual en caso de pluralidad de partícipes, la Jurisprudencia viene atribuyendo a cada uno de ellos no solo la acción ejecutada por ellos mismos, sino además la del resto de los participantes, vía cooperación necesaria -excepcionalmente podría ser complicidad-. El delito de omisión pura solo puede tener aplicación cuando su autor esté desconectado previamente con el hecho que presencia y que tiene obligación de evitar, pero no en los casos en que el agente interviene desde el principio en todo el iter criminis. Mediando acuerdo, en los casos de abusos o agresiones sexuales cometidos por varias personas, la presencia de cada uno de ellos, aunque sea en actitud pasiva, mientras se ejecutan los hechos, supone una colaboración a la ejecución, sin perjuicio de que la valoración de la misma como necesaria pueda depender de las circunstancias.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES MARTINEZ ARRIETA
  • Nº Recurso: 1883/2021
  • Fecha: 15/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El recurso se desestima en cuanto a los motivos formulados por el condenado a 4 años de prisión por un delito de agresión sexual de los arts. 178 y 179 CP (en redacción dada por la LO 1/2015). Se confirma la existencia de prueba de cargo suficiente, rechazándose la vulneración de derechos fundamentales denunciada en el recurso, así como los alegatos relativos a la reclamada apreciación de una atenuante de dilaciones indebidas muy cualificada o en relación con la responsabilidad civil fijada en sentencia. No obstante, la modificación operada por la LO 10/2022 de 6 de septiembre, impone analizar la posible aplicación retroactiva de la ley penal posterior, lo que en el caso se admite. Los hechos declarados probados encajan en los arts. 178 y 179 CP (redacción de la LO 10/2022), con una una horquilla penológica de 4 a 12 años de prisión. Concurrentes dos circunstancias de atenuación, embriaguez y dilaciones indebidas, la pena ha de reducirse, al menos, en un grado, con lo que, se impone una pena de 3 años y 6 meses de prisión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL MARCHENA GOMEZ
  • Nº Recurso: 10388/2022
  • Fecha: 13/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Agresión sexual violenta con penetración. Arts. 178 y 179 del CP. La consumación del delito no exige la penetración completa. Es suficiente el coito que no va más allá del introito vaginal. Penalidad: la agravación de la pena derivada de la utilización de sustancias químicas, prevista en el art. 180.7 del CP, descarta la rebaja de la pena como consecuencia de la entrada en vigor de la LO 10/2022, 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual. Control casacional del derecho a la presunción de inocencia. Sólo alcanza a controlar la razonabilidad del discurso que une la actividad probatoria y el relato fáctico que de ella resulta. La vía casacional que habilita el art. 849.1 de la LECrim sólo permite discutir el acierto o desacierto del juicio de subsunción, no el sostén probatorio que a esa tipicidad ofrece el relato de hechos probados.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA MARIA FERRER GARCIA
  • Nº Recurso: 10272/2022
  • Fecha: 09/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Amenazas en el ámbito de la violencia de género: un noviazgo de varias semanas, en proceso de profundización que permite atribuirle vocación de futuro, y que condiciona los móviles del agresor, es idóneo para sustentar la aplicación del artículo 171.4 CP, como precepto de género que son a través de los que el legislador ha tratado de compensar el plus de lesividad que presentan los comportamientos que son manifestación del arraigado esquema social en el que las mujeres son desproporcionadamente víctimas de la violencia desplegada por los hombres, y de manera muy significativa, en el ámbito de las relaciones de pareja. Es decir, la violencia que responde a razones de género, entre la que se inserta las amenazas. Violación con instrumento peligroso y subtipo agravado de robo por empleo de arma: no hay compromiso de bis in idem; se agrede sexualmente colocando a la víctima un cuchillo en el cuello y a continuación, en otra acción distinta, con dolo diferente pero en el mismo contexto de intimidación, se sustraen objetos de valor.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JAVIER HERNANDEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 10309/2022
  • Fecha: 09/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Grabación incompleta de las sesiones del juicio oral. Para evaluar las consecuencias debe identificarse la concreta afectación de derechos fundamentales, en particular, del derecho al recurso. Autoridad que debe ordenar la práctica de determinados medios de prueba por videoconferencia, a la luz del artículo 14 de la Ley 3/2020. Criterios de oportunidad para ordenarla. Límites al empleo de ardides o argucias por parte de los agentes policiales en la obtención de fuentes de prueba. Necesidad de identificar los derechos fundamentales afectados. Diferencias sustanciales entre la obtención de material genético del cuerpo del sospechoso y de los objetos con los que este pudo tener contacto. Valor probatorio de la prueba de ADN. Análisis del cuadro de prueba. Para evaluar la solidez de los puentes inferenciales entre los hechos indiciarios y el hecho indiciado no debe utilizarse un método deconstructivo. El rol de la duda razonable.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL LUIS HURTADO ADRIAN
  • Nº Recurso: 10374/2022
  • Fecha: 08/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Tras la vigencia de la LO 10/2022, opera el principio de retroactividad de la ley penal más favorable. Conforme a la ley entonces vigente, los hechos fueron calificados como un delito de agresión sexual con acceso carnal de los arts. 178 y 179 CP, castigado con pena de 6 a 12 años de prisión, que, al ser apreciada la circunstancia de parentesco, como agravante, en aplicación del art. 66.1.3ª CP, lo fue en la mitad superior, si bien se impuso en la mínima extensión de 9 años y 1 día de prisión. Con la nueva ley los mismos hechos son subsumibles en un delito de agresión sexual, con acceso carnal de los nuevos arts. 178 y 179, si bien concurriendo el subtipo agravado del art. 180.4ª circunstancia, esto es, "cuando la víctima sea o haya sido esposa o mujer que esté o haya estado ligada por análoga relación de afectividad, aun sin convivencia", con lo que, en tal caso, el arco penológico imponible abarca de 7 a 15 años de prisión. Es evidente que la anterior circunstancia agravante de parentesco no ha de ser tenida en cuenta, en evitación de un bis in idem, de manera que, asumiendo el criterio que tiene en cuenta la sentencia de instancia y que nos parece razonable mantener, la nueva pena la fijamos, de acuerdo con lo informado por el M.F., en 7 años de prisión. En aplicación del nuevo art. 192.3 CP, se impone la de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES MARTINEZ ARRIETA
  • Nº Recurso: 10507/2022
  • Fecha: 08/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia objeto de la casación es la dictada por el Tribunal Superior de Justicia en apelación de la dictada por la Audiencia Provincial que ha conocido del objeto del proceso penal en el que, en la primera instancia, se celebró el juicio oral con la práctica de la prueba, y en la segunda se ha procedido a la revisión del pronunciamiento condenatorio dictado en la primera instancia. La casación que surge de la reforma operada por la ley 41/2015, ha de tener un contenido distinto al hasta ahora dispensado por el Tribunal Supremo, más respetuosa con sus orígenes, ser un remedio democrático para asegurar la sujeción de los jueces al principio de legalidad, y asegurar, al tiempo, la unidad en la interpretación del derecho, en cada supuesto concreto sometido a la jurisdicción penal y, de manera general, declarar el sentido de la norma.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: VICENTE MAGRO SERVET
  • Nº Recurso: 1415/2021
  • Fecha: 02/02/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se condena a dos personas como autores de un delito de violación, por introducción violenta de objeto por las dos cavidades a una mujer, con la que habían pactado servicios sexuales. El procedimiento duró cuatro años, lo que da lugar al reconocimiento de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas como atenuante simple y no como muy cualificada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA
  • Nº Recurso: 3061/2020
  • Fecha: 30/01/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Para que la renuncia al ejercicio de acciones tenga efectos definitivos se precisa no sólo que sea inequívoca y terminante, sino que se informe a la víctima de sus consecuencias, tanto en relación con las acciones penales como las civiles. En las agresiones sexuales la renuncia del perjudicado después de formular la denuncia, con posterior sobreseimiento provisional, no impide la reapertura de las diligencias, incluso de oficio, por el Juzgado de Instrucción y el ejercicio de acciones por el Ministerio Fiscal. Se estima violencia vencer la resistencia de la víctima, sujetándola fuertemente por las muñecas. Hay prevalimiento por superioridad cuando la agresión se realiza frente a menor, por un familiar y en un lugar apartado. No procede la aplicación retroactiva de la Ley Orgánica 10/2022, porque en este caso el nuevo tipo tiene un límite mínimo más grave que el tipo derogado.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.