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El TSXG considera acreditado, al igual que en la resolución de primera instancia, que el acusado inició un acercamiento sexual hacia la menor en julio de 2015, “prevaliéndose de su superioridad, al ser entrenador y referente masculino de la menor”
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Lugo que condenó a cinco años de prisión y a otros cinco años de libertad vigilada al entrenador de un equipo de fútbol sala de 60 años por abusar sexualmente y de forma continuada de una de las jugadoras, de 15 años. Además, el fallo le impuso la prohibición de comunicarse y aproximarse a la víctima durante seis años, así como la inhabilitación para cualquier profesión u oficio que conlleve contacto regular y directo con menores durante cinco años.
El tribunal considera acreditado, al igual que en la resolución de primera instancia, que el acusado inició un acercamiento sexual hacia la menor en julio de 2015, “prevaliéndose de su superioridad, al ser entrenador y referente masculino de la menor”. El condenado continuó con los abusos, que llevaba a cabo en su vehículo y en lugares de poca luz y escaso tránsito, al menos hasta enero de 2017. “La explicación de la Audiencia resulta suficiente, pues no solo se apoya en la declaración sustancial de la víctima, que valora como convincente y creíble, sino en elementos periféricos corroboradores”, destaca el TSXG.
El alto tribunal gallego avala la aplicación del prevalimiento porque destaca que el acusado tenía 60 años cuando inició la relación con la víctima, “aprovechando su condición de entrenador y mentor para ganarse su confianza, siendo conocedor de la situación de vulnerabilidad de la menor, no ya por el dato objetivo de la edad, sino por las circunstancias familiares de la víctima “.