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AN Penal, Condena a dos etarras a un total de 26 años de prisión, diez por pertenencia a banda armada, ocho por depósito de armas de guerra y otros ocho por tenencia de explosivos, absolviéndoles del delito de conspiración para cometer asesinatos terroristas, por no estar suficientemente acreditado
Etiquetas:
jurisprudencia