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El cabo, según los hechos probados, recibió un requerimiento y no una orden para firmar dicha cláusula
El Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación interpuesto por un cabo del Ejército del Aire contra la sentencia del Tribunal Militar Central, de 30 de abril de 2014, que le condenó a un mes y un día de arresto por falta grave cometida al negarse a firmar la cláusula de confidencialidad para el personal del Ejército de Tierra.
La sentencia de la Sala de lo Militar afirma que en este caso la firma tiene que ser voluntaria y tiene que ser obtenida siguiendo el sistema establecido en la Ley de Protección de Datos y en el Reglamento. El cabo, según los hechos probados, recibió un requerimiento y no una orden para firmar dicha cláusula de confidencialidad.
La sentencia explica que la inexistencia de una orden legítima hace inadmisible una sanción cuando es preciso que la orden sea emitida en el ámbito de las competencias de quien la emite y siempre que no sea contraria al ordenamiento jurídico.