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Considerados coautores de un delito de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación de caudales públicos. También condena a los otros dos acusados en la misma causa, aunque a penas algo más rebajadas como cómplices en el delito de prevaricación y cooperadores necesarios en el delito de malversación
La Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla ha condenado al expresidente de Invercaria, Tomás P.S., y al exconsejero de Innovación de la Junta de Andalucía, Francisco V., a tres años y medio de prisión como coautores de un delito de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación de caudales públicos, concurriendo la atenuante de dilaciones indebida simple. Además, condena al exconsejero a inhabilitación absoluta por tiempo de seis años y medio y para el expresidente de Invercaria, inhabilitación absoluta por un tiempo de seis años.
Respecto a los otros dos acusados, el expresidente de Novasoft y el director de Sadiel, ambos son condenados como cómplices en el delito de prevaricación y cooperadores necesarios en el delito de malversación, delitos que concurren en concurso medial, con la atenuante simple de dilaciones indebidas. En el caso del primero, es condenado a un año y 10 meses de prisión y a tres años y seis meses de inhabilitación absoluta. Y en el caso del segundo, es condenado a 1 año y seis meses de prisión y tres años de inhabilitación absoluta.
Además, en la sentencia, que puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJA, condenan a los acusados a que, de manera conjunta y solidaria, indemnicen a la agencia IDEA con la suma de 1.180.000 euros. También se refleja la absolución de Bienvenido M., vocal de la sociedad pública, al que tanto la Fiscalía Anticorrupción como la acusación popular ejercida por el Partido Popular retiraron la acusación.
La resolución considera probado que, en las ayudas que recibió la empresa Servivation, un préstamo participativo por importe de 1.180.000 euros, hubo una “flagrante ausencia de procedimiento” para la concesión dicho préstamo. Esa ausencia de procedimiento se basa en la “inexistencia del Plan de Negocios de Servivation, debidamente presentado, firmado y registrado en Invercaria, que debió ser elaborado por las empresas Sadiel, Novasoft y AT4 Wireless”. Ese, indica la sentencia, es el núcleo fundamental en el que se basa el delito de prevaricación, ya que no se sometió a análisis el proyecto de Servivation porque “no había ninguna documentación presentada en Invercaria sobre dicho proyecto”.
En este sentido, explica que Servivation surge por la necesidad de dar salida laboral a los extrabajadores de Vitelcom. Así, concluye que los acusados, “en absoluta connivencia, entregaron los fondos públicos puestos a su disposición a una empresa de nueva creación”, dedicada al mantenimiento de microinformática, “cuya viabilidad económica no analizaron, porque conocían que carecía de capacidad de supervivencia, la cual se extendió hasta el momento en el que concluyeron las ayudas públicas que además del préstamo participativo, les fueron concedidas”. Así, indica, “su finalidad no era realmente empresarial, sino que obedecía fundamentalmente a una decisión política”.