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La sala les absuelve del delito contra la propiedad industrial
La sección 6ª de la Audiencia de Barcelona condena a 5 personas que se dedicaban a la venta ambulante de productos a multas de entre 120 y 240 euros por un delito consumado contra la propiedad industrial, venta ambulante.
La sala les absuelve del delito contra la propiedad industrial pues considera que “la prueba que se ha efectuado no permite sostener que haya una organización, un reparto de papeles una economía común, y una mínima dirección miedo parte de alguno de ellos sobre los demás".