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sala de prensa
El Tribunal Supremo ha otorgado la competencia para todas las actuaciones relativas al concurso de la empresa Cacolat, S.A. al Juzgado de lo Mercantil número 6 de Barcelona frente a la reclamación presentada por el Juzgado Mercantil número 6 de Madrid, que tramita el concurso de acreedores de Clesa.
La Sala de lo Civil del Supremo acuerda en un auto que no procede la inhibición solicitada por el juzgado de Madrid al entender que la competencia corresponde al juez del territorio donde la empresa concursada tenga el centro de sus intereses principales.
El Supremo declara la competencia del juzgado de Barcelona para todas las actuaciones relativas al concurso de Cacaolat, S.A., sin perjuicio de lo que resulte del trámite de acumulación de procedimientos concursales ya iniciado.