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Una sentencia del TSJCyL señala que el decreto ley que la suspendió no tiene “efectos retroactivos”
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Sala de Valladolid), considera que la Junta tiene que pagar a su personal la parte proporcional de la extra que fue suprimida en 2012, correspondiente al periodo del 1 de junio al 14 de julio. La sentencia mantiene que las normativas estatales y autonómicas - que regulan la supresión de la paga extra de diciembre de 2012- no tienen eficacia retroactiva.
La Sala de Valladolid entiende que el decreto, aunque es constitucional, no tiene efectos retroactivos y por tanto, las cantidades proporcionales de la extra hasta el 15 de julio -cuando el decreto ley entró en vigor-, es decir del 1 de junio al 14 de julio, el trabajador debe recibirlas por haber trabajado.
Ahora, apoyándose en esta sentencia, cada trabajador de la Junta podrá reclamar a la Administración con nómina en mano la parte de la extra no percibida.