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El Pleno de la Sala de lo Penal rechaza el argumento alegado por la defensa del reclamado respecto de las indefensiones generadas en la tramitación de las vistas extradicionales y pedía que se celebrara una nueva vista con antelación suficiente para su preparación
El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ratificado la decisión de extraditar a Estados Unidos a un joven británico de 23 años que supuestamente participó en diversos ataques informáticos como el jaqueo, en julio de 2020, de numerosas cuentas de Twitter como las de Joseph Biden, Barack Obama o Bill Gates, la extorsión a otra personalidad a través de redes sociales o la comisión de diferentes robos a través de Internet.
En un auto, los magistrados del Pleno desestiman el recurso presentado por Joseph J.O., alias ‘Plugwalk Joe’, contra la decisión de la Sección Segunda del pasado 8 de febrero que acordó extraditarle por catorce cargos criminales en Estados Unidos que en España equivaldrían a delitos de descubrimiento y revelación de secretos, pertenencia a organización criminal, extorsión, acceso ilícito a sistemas informáticos, estafa informática y blanqueo de capitales.
El Pleno rechaza el argumento alegado por la defensa del reclamado respecto de las indefensiones generadas en la tramitación de las vistas extradicionales y pedía que se celebrara una nueva vista con antelación suficiente para su preparación y poder entrar en los motivos de fondo de oposición a la entrega.
Sin embargo, los magistrados señalan que “nada de lo alegado en el recurso supone, a criterio del Pleno, causa que haya impedido el efectivo desarrollo en el presente caso del derecho de defensa y asistencia técnica del reclamado; ni consta que se haya impedido la comunicación con éste de su defensa letrada con anterioridad a la celebración de la vista que precedió al dictado de la resolución ahora recurrida, ni la intervención informada en la misma de tal defensa letrada”.
“No hay causa, pues, para privar de validez a las vistas celebradas, ni para obligar a su reiteración, con el consiguiente perjuicio que ello supondría al reclamado, preso (…) por este expediente extradicional”, añade la resolución de la Audiencia.