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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Valencia a dos guardias civiles por un delito de torturas contra un detenido por un hurto cometido en un centro comercial de Alboraia (Valencia) en 2008.
El Alto Tribunal confirma la condena un año de prisión y ocho de inhabilitación absoluta impuesta a estos dos agentes que aprovecharon el traslado del detenido por un agente de seguridad para amenazarlo y humillarlo mientras circulaban por una carretera segundaria .
Las torturas fueron descubiertas de forma casual, ya que se grabaron en un mecanismo de escucha instalado en el vehículo oficial por el Instituto Armado para investigar la implicación de uno de los agentes en un delito de narcotráfico. El sistema de escucha había sido colocado e con la debida autorización judicial.
La sentencia, que ha tenido como ponente al magistrado Joaquín Giménez, declara probado estas torturas y no admite el recurso de los condenados, que argumentaban que la transcripción de las grabaciones era precaria y que carecía de calidad como para fundar una condena. También alegaron que no se había aportado parte de lesiones alguno y que no habían tenido la oportunidad de interrogar al detenido.
La sentencia califica de descorazonador constatar que el agente policial, de garante de la legalidad y el orden, se convierte en su infractor.
Nota: Esta noticia judicial ha sido elaborada por Comunicación del Poder Judicial a los efectos informativos y carece de vinculación legal alguna con la sentencia o con el tribunal.