El Tribunal Supremo archiva la querella de VOX contra Francina Armengol por la adjudicación de un contrato para adquirir mascarillas cuando era presidenta del gobierno balear
El tribunal considera que la apertura de una investigación por esta Sala, aparte de “no estar en absoluto justificada con los datos que se aportan en la querella entablada, podría dar lugar a una actuación en paralelo que carecería de todo sentido”
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- Comunicación Poder Judicial
La Sala de lo Penal ha archivado la querella interpuesta por VOX contra la presidenta del Congreso de los Diputados Francina Armengol, Koldo G.y otras personas por supuestos delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraude, falsedad documental y falso testimonio en sede parlamentaria en relación con la adjudicación de un contrato para la adquisición de mascarillas cuando la primera era presidenta del gobierno balear.
En su auto, señala, como apunta el Fiscal en su informe, que se siguen otras investigaciones en la Audiencia Nacional y en la Fiscalía Europea que representan el marco adecuado para acopiar aquellos elementos indiciarios que permitan esclarecer los hechos relacionados con la adquisición de mascarillas.
El tribunal considera que la apertura de una investigación por esta Sala, aparte de “no estar en absoluto justificada con los datos que se aportan en la querella entablada, podría dar lugar a una actuación en paralelo que carecería de todo sentido”. De ahí, señalan los magistrados, que, como indica el Fiscal, lo que procede no es instruir simultáneamente con el Juzgado Central de Instrucción nº 2 de la Audiencia Nacional o con la Fiscalía Europea.
Añade que solo para el caso en el que, en el marco de esas investigaciones en marcha, fuera advertida la existencia de elementos indiciarios que incriminen al aforado, debería elevarse a esta Sala la exposición razonada a la que se refiere el artículo 2 de la Ley 9 de febrero de 1912.
La Sala aclara que su decisión se refiere exclusivamente a la aforada Francina Armengol y que rechaza la querella respecto de Koldo G., y los directivos de Soluciones de Gestión y Apoyo a Empresas al no ser aforados.