El Tribunal Superior de Navarra confirma la condena a 9 años de prisión a un hombre que maltrató y violó a su esposa

La Sala de lo Civil y Penal ratifica las penas impuestas por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, 2 años por un delito de malos tratos habituales y 7 años más por un delito de agresión sexual

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Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena a un total de 9 años de prisión impuesta el pasado junio por la Audiencia Provincial a un hombre que maltrató y violó a su esposa. 

Según recoge la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, el inculpado, natural de un país norteafricano, no podrá comunicarse ni acercarse a la denunciante a menos de 300 metros durante 13 años. 

Además, el procesado deberá cumplir una medida de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad, de otros 5 años. En concepto de responsabilidad civil, indemnizará a la víctima con 30.000 euros por el daño moral. 

La pareja se casó en 2010. Durante toda la relación matrimonial, y fundamentalmente a partir del año 2014, el acusado ejerció violencia física y psicológica de forma habitual sobre su mujer en forma de insultos, vejaciones, humillaciones y amenazas. 

Los insultos que el encausado profería contra su esposa, según recoge la resolución judicial, en multitud de ocasiones se realizaban en presencia de sus hijas. dos niñas menores de edad, que quedaban afectadas psicológicamente. 

La sentencia ahora ratificada considera probado que el 25 de enero de 2023 el marido hizo caso omiso a la negativa de su esposa y la violó. 

Respecto a las secuelas, la víctima presenta una situación psicológica compatible con los hechos denunciados y padece una sintomatología ansioso-depresiva. 

La Sección Segunda de la Audiencia condenó al procesado a 2 años de prisión por un delito de malos tratos habituales y a 7 años más por un delito de agresión sexual. 

La Sala de lo Civil y Penal del TSJN, que ha desestimado en su integridad el recurso presentado por la defensa, avala la declaración de la mujer, que mostró coherencia, sinceridad y ausencia de indicios de falsedad. 

Su denuncia, además, fue corroborada por los testimonios de familiares y por otras pruebas objetivas, como los informes forenses, que evidenciaron la situación psicológica y sus secuelas en la víctima. 

Para el Tribunal, la declaración de la mujer fue persistente, sin contradicciones relevantes y con detalles coherentes.