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Le corresponde percibir 123.714 euros frente a los 257.237 euros que resolvió el Juzgado de lo Penal
La Audiencia Provincial de Cádiz ha reducido la indemnización que debe percibir Esther Arroyo por el accidente de coche que sufrió en 2008, que es de 123.714 euros, frente a los 257.237 euros que resolvió el Juzgado de lo Penal que resolvió el litigio en primera instancia.
En concreto, la cantidad concedida en concepto de lucro cesante durante el periodo de incapacidad permanente queda establecida en 86.158 euros, en lugar de los 169.325 euros concedidos en primera instancia.
Por otro lado, la cantidad concedida en concepto de lucro cesante durante el periodo de incapacidad temporal queda establecida en 37.556 euros, en lugar de los 87.912 euros concedidos por este concepto en la primera instancia.
Para los magistrados que han resuelto el recurso interpuesto por la compañía aseguradora del condenado, la cuantificación que se había hecho por el primer juez que resolvió el litigio es incorrecta, dado que excede lo que corresponde, aplicando incluso las fórmulas más generosas que contempla la ley y la doctrina establecida por el Tribunal Supremo.