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Uno de los tres magistrados del tribunal formula un voto particular al entender que los hechos no son constitutivos de delito
La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha notificado un auto por el que anula el sobreseimento acordado por el juez instructor Santiago Pedraz de la causa abierta al concejal de Ahora Madrid Guillermo Zapata y ordena que abra juicio oral a éste por un delito de enaltecimiento del terrorismo, en su vertiente de humillación a las víctimas, en relación con un tuit referido a la víctima de ETA Irene Villa.
La Sala ha tomado esta decisión al estimar el recurso de apelación interpuesto por la Asociación Dignidad y Justicia, que ejerce la acusación, y por el Sindicato Manos Limpias.
El tribunal hace constar en su resolución que los hechos objeto de acusación se refieren a la frase siguiente: “ Han tenido que cerrar el cementerio de las niñas de Alcocer parar que no vaya Irene Villa a por repuestos”.
El auto incluye un voto particular del magistrado Jose Ricardo de Prada que, al contrario que sus compañeros Enrique López y Concepción Espejel, entiende que la expresión publicada en la red social Twiter no es constitutiva de delito.