Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
El tribunal aprecia la atenuante de alteración psíquica debido a su consumo crónico de alcohol
La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a diez años y seis meses de cárcel al acusado de incendiar una vivienda mientras dormía su propietario y le impone 28.834,89 euros en indemnizaciones. El tribunal aprecia la atenuante de alteración psíquica.
La sentencia declara probado que durante la madrugada del 8 de agosto de 2024 el acusado derramó un bidón de gasolina en el domicilio de un conocido ubicado en Telde. La víctima tuvo que ser auxiliado por los vecinos cuando trataba de huir por la azotea ante la extensión y virulencia del fuego. Los servicios de emergencias consiguieron controlar el incendio dos horas más tarde.
Además de la vivienda, se produjeron desperfectos en un coche aparcado cerca y daños en el tendido eléctrico. En el momento de los hechos, el acusado sufría un deterioro orgánico provocado por el consumo crónico de alcohol, lo que mermó levemente sus capacidades cognitivas y de voluntad.
El tribunal destaca la “intención evidente” directa o indirecta de provocar un incendio con riesgo para la vida o integridad física de otras personas, por la forma en que actuó el acusado: se aseguró de prender fuego sobre un material combustible -la puerta de madera- y de que éste se extendiera por la gasolina que derramó. Asimismo, señalan que el encausado sabía que en esa casa vivía un conocido suyo que, al ejecutar la acción en horas nocturnas, era consciente de la alta probabilidad de que el fuego o el humo lo alcanzaran.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.