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Los magistrados concluyen que no consta acreditada una pérdida de autonomía personal muy grave o grave
La Audiencia Provincial de Cuenca ha estimado parcialmente el recurso de una aseguradora y suprime la obligación de pagar la reforma para adecuar la vivienda a una mujer de 83 años que fue atropellada en un paso de peatones. Mantiene el resto de los pronunciamientos de la sentencia: para el conductor infractor, multa de 360 euros, retirada del carné de conducir durante tres meses y el pago de una indemnización de 7.737,13 euros. La compañía aseguradora recurrió también los 13.329,22 euros fijados por el juzgado por daños y secuelas de la anciana.
Según el tribunal, se resarce el importe de las obras de adecuación de la vivienda a las necesidades de quien sufre una pérdida de autonomía personal muy grave o grave, incluyendo los medios técnicos, con un importe máximo fijado. Si no fuera posible la adecuación de vivienda y se debiera adquirir o arrendar otra vivienda adaptada de características similares, se resarce la diferencia del valor en venta o de la renta capitalizada de ambas viviendas y los gastos que tal operación genere hasta el límite establecido. “Se requiere, pues, una pérdida de autonomía personal muy grave o grave, que en el presente caso no consta acreditada ni se hace constar en los hechos probados”. Y concluye que, respecto a la solicitud de que el cálculo indemnizatorio, debe darse la razón al recurrente y “desde el siniestro ocurrido el 24 de junio de 2020, procede la actualización de las cuantías al año 2020”.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida.