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La sentencia añade que hay elementos que corroboran la veracidad de lo declarado en su día por el jefe del grupo, ya fallecido, como son las huellas dactilares
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Nacional, de 18 de septiembre de 2014, que condenó a José Lorenzo Ayestarán Legorburu a 81 años de prisión por el asesinato de tres guardias civiles que regulaban el tráfico durante una carrera ciclista en Salvatierra el 4 de octubre de 1980. Se desestima el recurso del etarra, basado, entre otros motivos, en la nulidad de la declaración policial y judicial del coimputado Mikel Lopetegegui. La Sala de lo Penal se refiere a otra sentencia suya, condenando a otra persona por los mismos hechos, que acordó que dicha declaración judicial del coimputado cumplía todas las garantías legales y constitucionales y que su introducción en el juicio, debido a su fallecimiento, era ajustado a derecho.
La sentencia añade que hay elementos que corroboran la veracidad de lo declarado en su día por el jefe del grupo, ya fallecido, como son las huellas dactilares de uno de los terroristas en el interior del coche usado por los autores del atentado, además de las periciales y el resto de testimonios practicados en en juicio.