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Etiquetas:
jurisprudencia, observatorio contra la violencia doméstica y de género, ciudadanía y justicia, víctimas de la violencia doméstica
El Pleno de la Sala de lo Penal ha confirmado la condena a 9 meses de prisión por un delito de coacciones en el ámbito de la violencia de género a un hombre que, en un proceso de divorcio, canceló, sin aviso previo, el suministro de la luz de la vivienda familiar en la que se había quedado la mujer tras la separación de hecho de la pareja. La Sala considera que, al cancelar el contrato de suministro eléctrico, del que era titular, después de pagar el recibo de la luz durante casi seis meses cometió un acto de fuerza destinado a forzar a su esposa a que abandonase la vivienda y que, con su conducta, equiparable al corte de cables, pretendía mejorar su posición en la negociación subsiguiente a la ruptura matrimonial.