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Etiquetas:
víctimas de la violencia doméstica, observatorio contra la violencia doméstica y de género, jurisprudencia, ciudadanía y justicia
La Sala afirma que las dos direcciones en que se mueve el maltrato -en torno a la falta de ayudas del propio entorno de la víctima y la presión que se ejerce por el entorno del agresor para que no denuncie- “se convierten en una losa para la víctima cuando quiere denunciar y no encuentra ayudas, por lo que el retraso en la denuncia en estos casos no puede ser sinónimo de duda de credibilidad por suponer una característica, cuanto menos extraña y especialísima, en esta criminalidad de género, y factor a tener en cuenta a la hora de analizar la declaración de la víctima, ya que éste debe valorarse dentro de este contexto al que nos hemos referido, donde el sufrimiento que ha padecido la víctima ante los hechos de maltrato se ve incrementado por el sufrimiento ex post de la propia sociedad, de su entorno más directo, y del entorno del agresor. Ello provoca la doble victimización de la víctima y hace comprensibles estas reacciones de negativas a denunciar, hacer uso del art. 416 LECRIM, cambiar las declaraciones en el juicio oral para beneficiar a los agresores, etc. En este caso, sin embargo, la víctima se mantuvo en su relato y el Tribunal otorgó credibilidad a su relato expositivo.”