Protocolo para garantizar la efectividad de los derechos de las juezas y magistradas víctimas de violencia de género o de violencia sexual

Autor
Consejo General del Poder Judicial (España). Comisión de Igualdad

El Eje VII del II Plan de Igualdad de la Carrera Judicial, titulado “Acoso y violencia”, reconoce que las situaciones de violencia en el ámbito personal, de pareja o familiar pueden afectar al desarrollo profesional de las personas integrantes de la Carrera Judicial. Por ello, prevé que el CGPJ, dentro de sus competencias, promoverá medidas destinadas a garantizar la debida protección de las juezas, magistradas y magistradas del Tribunal Supremo víctimas de violencia de género, así como la continuidad de su proyecto de vida personal y profesional.

En cumplimiento de este objetivo, en la reunión de fecha 13 de mayo, el Pleno del CGPJ, en su compromiso con la prevención y erradicación de la violencia de género y la violencia sexual que puedan sufrir las mujeres integrantes de la Carrera Judicial, ha aprobado el PROTOCOLO PARA GARANTIZAR LA EFECTIVIDAD DE LOS DERECHOS DE LAS JUEZAS Y MAGISTRADAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO O DE VIOLENCIA SEXUAL, elaborado por el grupo de trabajo constituido al efecto y validado por la Comisión de Igualdad.

El texto establece medidas dirigidas a garantizar la efectividad de los derechos que legalmente les son reconocidos a las juezas, magistradas y magistradas del Tribunal Supremo cuando, de conformidad con la LO 1/2004 y 10/2022, sean víctimas de violencia de género o víctimas de violencia sexual.

La activación de las medidas previstas en su texto requerirá siempre el consentimiento expreso de la persona afectada y respetará en todo momento su intimidad y confidencialidad.

Su finalidad es ofrecerle protección, apoyo y acompañamiento, garantizando su seguridad, la continuidad de su proyecto profesional y el respeto a sus derechos.”