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Etiquetas:
personas con discapacidad, jurisprudencia, ciudadanía y justicia, sentencias de actualidad
El Tribunal Supremo se pronuncia sobre la competencia del INSS para declarar la situación de incapacidad permanente. La Sala Cuarta, de lo Social, del Tribunal Supremo ha establecido que la pérdida o revocación administrativa del permiso o licencia habilitante de la profesión de conductor no conlleva el reconocimiento automático de la situación de incapacidad y que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) debe realizar su propia valoración de las dolencias padecidas y denegar la pensión si considera que las éstas no incapacitan para las tareas fundamentales de la profesión habitual.