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Etiquette:
norme et accords CGPJ, accords CGPJ, accords de la commission permanente CGPJ
1.- Tomar conocimiento de la consulta elevada por el magistrado XXX sobre la posibilidad de compatibilizar los cargos de presidente del Tribunal de Instancia y presidente de Sección.
2.- Considerar que no concurre incompatibilidad para el nombramiento de un mismo magistrado para ostentar ambas presidencias.
El presente acuerdo se adopta en ejercicio de las competencias delegadas por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial por Acuerdo de fecha 23 de octubre de 2024 (BOE 28 de octubre de 2024).
Contra el presente acuerdo podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o directamente recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la notificación del mismo.