El Supremo remite una sentencia a AEAT por pacto ilícito entre BP, Topoil y Didgas para eludir impuestos que podría ser una práctica entre mayoristas

Autor
Comunicación Poder Judicial

NOTA DE PRENSA

           

 La Sala Primera del Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por dos de las empresas que habían sido demandadas por la sociedad mercantil BP Oil España S.A. en reclamación de cantidades pendientes de pago por venta de combustibles servidos al grupo empresarial Top Oil como cliente de gran consumo.

La sentencia de primera instancia estimó la demanda lo que fue luego confirmado por la Audiencia Provincial. En el procedimiento se fijó como hecho probado la existencia de un acuerdo verbal en el que una de las demandadas hacía pedidos para ser servidos al grupo Top Oil, que realizaba los pagos, beneficiándose este de las condiciones favorables de aquella empresa por su condición de “depósito fiscal” para liquidar el impuesto de hidrocarburos.

 La sentencia de la Sala, de la que es ponente el magistrado Marín Castán, desestima los recursos interpuestos porque no aprecia que haya existido ninguna infracción procesal o de carácter sustantiva por la sentencia recurrida.

Ante la constancia en el procedimiento de la existencia de un pacto ilícito para eludir obligaciones tributarias, ordena comunicar la sentencia a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria por si considerase procedente emprender acciones en el ámbito de sus competencias o comunicar los hechos al órgano competente.

Madrid, 21 de febrero de 2013.