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Se mantiene el límite máximo de 6 personas no convivientes en reuniones informales, de 50 personas en ceremonias en espacios cerrados y el aforo en los lugares de culto no superará el 75%
La Sala de lo Contencioso Administrativo, por auto notificado hoy, ha acordado ratificar la prórroga acordada por Orden de 1 de junio de 2021 de la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de
la vigencia de las medidas contenidas en la Orden de 8 de mayo, por la que se adoptaban, con carácter temporal, medidas restrictivas generales para la contención y control de la epidemia ocasionada por el virus del SARS-COV.
En cuanto a la proporcionalidad de la medida, los magistrados se remiten a lo razonado en los autos anteriores. “No nos encontramos ante una suspensión de derechos fundamentales, sino ante una limitación del número de personas que pueden reunirse en determinados ámbitos, y estas medidas sanitarias -que están siendo aplicadas desde hace meses en la Región de Murcia- han demostrado ser eficaces en la disminución del riesgo de transmisión del virus”, fundamenta la resolución.
Por lo tanto, las medidas quedan prorrogadas y mantendrán su eficacia hasta las 23:59 horas del día 18 de junio de 2021.