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Con las facultades muy afectadas por el consumo de alcohol, exigió a su hija que se desnudara, le apretó los pechos y le golpeo los genitales. Fiscalía y acusación particular aprecian que concurre una eximente incompleta de embriaguez y el acusado reconoce los hechos, acepta la calificación y muestra su conformidad con las penas solicitadas. El tribunal le retira la patria potestad de la víctima, de 16 años en el momento de los hechos, y sus otros dos hijos menores
La Sección 5 de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, condena a una pena de prisión de 3 años y 6 meses por un delito de agresión sexual en concurso con un delito contra la integridad moral a un hombre que reconoció en la vista oral haber causado un grave quebranto a la dignidad de su hija al exigirle que se quitara la ropa y, totalmente desnuda, apretarle los pechos y golpearle la vagina.
El acusado admitió que, tras enterarse que su hija de 16 años había mantenido relaciones sexuales con su novio, le exigió, amenazándola con golpearla, que contara lo que había hecho a su madre y a sus hermanos. Al hacerlo, y cuando estaba completamente desnuda, tras tocarle el pecho, la vagina y el glúteo, apretó una navaja contra su cuello mientras le decía: “¿quieres que te abra la vagina hasta arriba?”.
Tanto la acusación pública, como la acusación particular entienden que, “en el momento de la comisión de los hechos, el acusado tenía sus facultades intelectivas y volitivas muy afectadas por el consumo de bebidas alcohólicas”.
Además, madre e hija renuncian a la indemnización para reparar los daños físicos, psicológicos o económicos que hubiera podido provocar el delito.
Así, de acuerdo a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y a la vista de la plena conformidad de acusado y su abogado defensor con la acusación formulada por la Fiscalía y el letrado de la madre y representante legal de la víctima, la Audiencia Provincial ha dictado una sentencia de “estricta conformidad”, condenando al procesado a 3 años y 6 meses de prisión.
Además, el Tribunal establece 4 años de libertad vigilada, la prohibición de contacto con su hija -a la que no podrá acercarse, ni comunicarse por ninguna vía- y la retirada de la patria potestad de la víctima y sus otros dos hijos menores. Por último, se establece la prohibición de ejercer de profesión u oficio relacionado con niños durante 4 años.