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Recuerda a profesionales y usuarios extremar la prudencia y atender las recomendaciones oficiales de seguridad. Los LAJ “atenderán con especial consideración las solicitudes de suspensión derivadas de las condiciones meteorológicas adversas”
La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU), reunida hoy en sesión extraordinaria, ha acordado emitir una comunicación oficial ante los diferentes niveles de alerta meteorológica por lluvias fuertes y persistentes decretados por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) para la jornada de mañana, 10 de octubre, en distintos puntos de la Región.
El acuerdo “recuerda a todo el personal al servicio de la Administración de Justicia, a los profesionales del Derecho y a los usuarios de los órganos judiciales la obligación de seguir las órdenes, avisos y recomendaciones que, en materia de seguridad y desplazamientos, emitan las autoridades competentes en emergencias, como la Dirección General de Seguridad y Emergencias o el 112 Región de Murcia”.
Asimismo, dispone que, “en los casos en que resulte imposible acudir a actuaciones judiciales programadas en zonas afectadas por Alerta Roja, o cuando el desplazamiento hasta ellas implique riesgo, deberá comunicarse dicha circunstancia a la Oficina Judicial correspondiente tan pronto como sea posible”. “Cuando dicha comunicación no resulte posible por causas derivadas de la emergencia, se entenderá como tal la mera incomparecencia”, aclara el acuerdo.
Además, indica que los Letrados de la Administración de Justicia, conforme a la Instrucción SG TSJ MU 3/2023, de 30 de octubre, sobre suspensiones de actos procesales, “valorarán con especial consideración las solicitudes de suspensión derivadas de las condiciones meteorológicas adversas previstas para la jornada”.
Finalmente, la Sala de Gobierno subraya que permanece en contacto con las autoridades autonómicas de emergencia y con las presidencias de los Tribunales de Instancia y los decanatos de los distintos partidos judiciales, con el fin de valorar la evolución de la situación y adoptar, en su caso, “las medidas adicionales necesarias para garantizar la prestación de los servicios de guardia y las actuaciones inaplazables de carácter urgente”.