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La Sala de lo Contencioso rechaza las alegaciones de la compañía de que fue un caso fortuito y considera que existieron deficiencias en los protocolos de seguridad
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha desestimado el recurso interpuesto por Repsol S.A. contra la sanción impuesta por la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) por un vertido de hidrocarburos en el barranco de El Charco, en Cartagena.
El Tribunal confirma la multa de 18.416,65 euros, así como la obligación de indemnizar con 5.525 euros por daños al dominio público hidráulico, derivada del vertido ocurrido el 9 de abril de 2020. Según la resolución sancionadora, el vertido se produjo por la salida de hidrocarburos, tanto líquidos como sólidos, desde una tubería de la refinería de Repsol en Cartagena hacia el cauce público, lo que fue informado por la propia compañía y constatado por agentes medioambientales de la CHS y de la Guardia Civil con la toma de muestras.
En su recurso, la compañía argumentó que el incidente fue un caso fortuito causado por un fallo imprevisto en una tubería (aparición súbita de un poro) y que actuó con rapidez para evitar y contener el derrame. Sin embargo, la Sala considerada que existieron deficiencias en los protocolos de seguridad y respalda la valoración de los daños realizada por la CHS, rechazando las alegaciones de Repsol sobre la presunta falta de validez de las muestras analizadas.
La sentencia niega, por tanto, que la conducta no se típica y confirma la calificación del incidente como “infracción menos grave” según el Texto Refundido de la Ley de Aguas, concluyendo que la sanción impuesta es proporcional a los daños ocasionados.
Contra esta resolución cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.