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La titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Murcia instruye un procedimiento por asesinato de persona especialmente vulnerable por razón de su edad y los delitos de malos tratos psicológicos y acoso en el ámbito familiar
La titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Murcia ha ordenado el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza para el detenido por la muerte la niña, de la que su expareja tenía la guarda, en la población murciana de Llano de Brujas.
Tras recibir el atestado con las diligencias practicadas por la Policía Judicial, este órgano ha abierto un procedimiento en el que se investiga el asesinato de persona especialmente vulnerable por razón de su edad y los delitos de malos tratos psicológicos y acoso en el ámbito familiar.
En la mañana de hoy también se ha tomado declaración a la mujer a cuyo cuidado estaba la niña, como víctima-perjudicada, acompañada en todo momento por la psicóloga de la unidad de atención a víctimas, y a varios testigos, entre ellos, los padres y hermano del detenido.
La magistrada también ha dictado un orden de protección respecto a la víctima, en esta resolución la magistrada hace constar la prohibición al varón de comunicación o aproximación a ella, como medida cautelar, además de activar las medidas de asistencia y protección social necesarias, mediante su remisión a la administración competente.
Respecto a ella no constaba ninguna denuncia por violencia de género, pero el detenido fue condenado por esta jurisdicción en 2010 y 2014. En concreto, fue condenado por amenazas en el ámbito de la violencia familiar, por los que llegó a ingresar en prisión 2 años, primero, y otro año, después.
Violencia vicaria
El apartado 1.4 de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, añadido en 2021, amplía el concepto de violencia de género para incluir aquella que, con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres, se ejerce sobre sus familiares o allegados menores de edad.