Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
La sentencia es firme
La Sala Contencioso Administrativa del TSJMU desestima el recurso contencioso-electoral interpuesto por el Partido Socialista Obrero Español, contra el Acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Lorca de 8 de junio de 2015 por el que aprueba el Acta de Proclamación de Electos en las Elecciones Municipales celebradas el 24 de mayo de 2015.
La sentencia es firme, no cabe recurso alguno, sin perjuicio del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.