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La Sala señala que existe un riesgo real de fuga, dado que el procedimiento podría concluir con una condena de prisión permanente revisable, y que existen indicios sólidos de criminalidad que justifican el mantenimiento de la medida cautelar
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia ha dictado auto que confirma la medida cautelar de prisión provisional acordada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer 2 de Murcia para el investigado por la muerte de una niña de 5 años en Llano de Brujas.
El investigado permanece en prisión provisional desde el 3 de abril de 2025, fecha en la que fue acordada la medida sin fianza en relación a unas diligencias abiertas por asesinato de persona especialmente vulnerable por razón de su edad y los delitos de malos tratos psicológicos y acoso en el ámbito familiar.
La defensa alegó la inexistencia de riesgo de fuga y la posibilidad de aplicar medidas cautelares menos gravosas. Sin embargo, tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular se opusieron a la estimación del recurso.
En su resolución, la Audiencia Provincial destaca que “concurre un real riesgo de sustracción a la acción de la Justicia, frente al cual sólo la prisión provisional se muestra con capacidad para su evitación”.
Asimismo, la Sala subraya que el procedimiento podría dar lugar a la imposición de una pena de prisión permanente revisable y que existen “indicios relevantes de criminalidad”, apoyados en declaraciones testificales y en el informe preliminar de autopsia, que determina una etiología homicida en el fallecimiento de la menor de cinco años.
El auto es firme y contra él no cabe recurso.