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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal del ex alcalde de Getaria, en el caso Balenciaga, y ha rebajado a diez meses de cárcel la condena inicial de más de cuatro años que se le impuso en junio de 2019 por un delito continuado de administración desleal y un delito de falsificación continuada en documento mercantil.
Por el delito continuado de administración desleal, con la concurrencia de la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, la Audiencia le condena a la pena de prisión de 10 meses que llevará aparejada la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
Por otra parte, la sentencia le absuelve del delito continuado de falsificación en documento mercantil del que venía siendo acusado, con declaración de oficio de las costas. procesales.
Finalmente, el acusado también deberá abonar en concepto de indemnización a la Fundación Cristóbal Balenciaga la cantidad de 20.074,71 euros y a la mercantil Berroeta Aldamar S.A. la cantidad de 221.659 euros.