Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
El juzgado le reconoce una indemnización de 20 días de salario por año de trabajo
El Juzgado de lo Social número 8 de Bilbao ha dictado una sentencia en la que obliga al Instituto Foral de la Diputación de Bizkaia (IFAS) a indemnizar con 18.343,23 euros a una trabajadora con la que mantuvo un contrato de interinidad durante nueve años.
Aplicando la doctrina del TJUE de 14/09/2016, el juzgado entiende que no existe una justificación objetiva y razonable para que la actora no perciba la misma indemnización que la establecida para una trabajadora fija que fuera despedida por causas objetivas o productivas, ya que la situación es idéntica y, por tanto, reconoce a la misma una indemnización de 20 días de salario por año de servicio.