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Señala que "no constituye un acto de un poder político", sino "un acto de gobierno o administración de esa entidad en el ámbito de sus competencias sobre demarcaciones territoriales"
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha avalado la competencia de la Diputación Foral de Gipuzkoa que convocó una consulta popular, celebrada el 10 de noviembre de 2013, a los residentes en el barrio de Igeldo sobre su desanexión del municipio de San Sebastián. Así, desestima el recurso presentado por el Estado que pedía la nulidad por, entre otros motivos, la falta de competencia de las Instituciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa para regular las consultas populares de ámbito municipal.
Previamente, el Delegado del Gobierno en el País Vasco había requerido a la Diputación Foral de Gipuzkoa para que en el plazo de un mes anulase el acuerdo del Consejo de Gobierno que propició la convocatoria de la consulta.
El TSJPV señala que el acuerdo recurrido "no constituye un acto de un poder político", sino "un acto de gobierno o administración de esa entidad en el ámbito de sus competencias sobre demarcaciones territoriales", con lo que "en razón a la propia materia de la consulta" la convocatoria recurrida "no implica llamamiento al cuerpo electoral de ese territorio, propio de la consulta refrendaria".