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La Sala Social concluye con el juzgado de instancia que su trabajo -en la caja del establecimiento- no se caracteriza por una carga física que no pueda asumir
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha desestimado el recurso de la empleada de una gasolinera contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social que denegó su invalidez permanente tras presentar un cuadro médico protagonizado por vértigos y mareos. Anteriormente, un juzgado Social de Bilbao rechazó ese reconocimiento para el desempeño diario de su labor, en este caso de la caja del establecimiento.
El tribunal expone en la sentencia que “coincidimos con la instancia cuando concluye que, hoy por hoy, la actora puede llevar a cabo la esencia de su profesión, que no se caracteriza por una carga física que no pueda asumir, ni se desarrolla en alturas, terrenos irregulares.., en ambientes en fin, donde pueda peligrar su integridad por los mareos que presenta, estando en condiciones de desarrollar esa profesión manual que conlleva unas condiciones psíquicas y mentales (tanto en el trato con clientes como con proveedores, cobros, pagos...), que la actora conserva”.