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En la sentencia de conformidad se aplica una atenuante por dilaciones indebidas y una eximente incompleta por trastorno mental
El Juzgado de lo Penal número 2 de La Rioja ha dictado una sentencia de conformidad condenando a 30 meses de prisión a un acusado de tirotear varias entidades bancarias y extorsionar a sus empleados durante el mes de noviembre de 2006. El Fiscal y la Defensa llegaron a un acuerdo y se rebajó la petición provisional del fiscal, que solicitaba 15 años de cárcel por amenazas, extorsión, daños continuados, tenencia ilícita de armas y simulación de delito. El fiscal admitió una atenuante por dilaciones indebidas y una eximente completa por trastorno mental.
El acusado reconoció los hechos y aceptó la pena de 30 meses de cárcel. El condenado no ingresará en prisión, ya que la pena ha sido suspendida siempre y cuando cumpla con 180 jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad, abone los daños causados y las indemnizaciones solicitadas y continúe con el tratamiento para su enfermedad mental.
Los hechos que se han declarado probados se remontan al mes de noviembre de 2006 cuando el acusado y su mujer (ya fallecida) se dirigieron a distintas oficinas de Caja Laboral, Ibercaja, BBVA y Banesto disparando contra las mismas o colocando pequeños artefactos caseros que ocasionaron daños por valor de 36.000 euros. Posteriormente los acusados enviaban a las oficinas bancarias correos electrónicos amenazando a sus empleados y ofreciéndose por 100.000 euros para neutralizar a los que atentaban contra los establecimientos previo pago de 100.000 euros.