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La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma le considera responsable por inducción de dos delitos de prevaricación o uno continuado de prevaricación, un delito de fraude a la administración y un delito de malversación de caudales públicos y como autor material de dos delitos de tráfico de influencias
La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma ha decretado la apertura de juicio oral contra el expresidente del Govern balear Jaume Matas como autor responsable por inducción de dos delitos de prevaricación o uno continuado de prevaricación, un delito de fraude a la administración y un delito de malversación de caudales públicos y como autor material de dos delitos de tráfico de influencias en la adjudicación de las obras de construcción del Hospital Son Espases.
Además, el auto dicta la apertura de juicio oral contra la exconsellera de Salut del Govern balear Aina Castillo como autora por inducción responsable de dos delitos de prevaricación o uno continuado de prevaricación, un delito de fraude a la administración y un delito de malversación de caudales públicos y como autora material responsable de un delito de tráfico de influencias; contra el exdirector general del IBSalut Joaquin Sergio Beltrán como autor responsable de un delito de prevaricación, un delito de fraude a la administración y un delito de malversación de caudales públicos, un delito de tráfico de influencias y como autor por inducción responsable de un segundo delito de prevaricación o bien un delito continuado de prevaricación; contra el empresario Jesús Peinado como autor responsable en concepto de cooperador necesario de un delito de prevaricación, un delito de fraude a la administración y un delito de malversación de caudales públicos; y contra la empresa Global PM Consultores SL como responsable civil subsidiaria.
La magistrada en la resolución requiere a los acusados que presten una fianza solidaria de 29.500 euros bajo apercibimiento de que, de no hacerlo en el plazo de veinticuatro horas, se procederá al embargo de sus bienes en cuantía suficiente hasta cubrir la suma fijada.
La juez ha remitido la causa a la Audiencia Provincial de Balears para su enjuiciamiento.
Contra la resolución no cabe recurso alguno excepto en lo relativo a la situación personal de los acusados, contra la que se podrá interponer recurso de reforma.